La empresa Al Alba, en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero canal de denuncias anti-fraude para que cualquier persona, pueda presentar una denuncia cuando en un contexto laboral o profesional detecte acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del derecho de la Unión Europea o bien que sean constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, conforme a la citada Ley.

Se puede denunciar lo siguiente:

  • Cualquier acción u omisión que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, en los términos establecidos en el artículo 2,1 a) de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
  • Cualquier acción u omisión que pueda ser constitutiva de infracción penal o administrativa grave o muy grave. Se entienden comprendidas todas aquellas que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

Puede denunciar cualquier persona física, comprendiendo en todo caso:

  • Personas que tengan la condición de empleados públicos o trabajadores por cuenta ajena.
  • Los autónomos.
  • Los accionistas, partícipes y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa, incluidos los miembros no ejecutivos.
  • Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.
  • Voluntarios, becarios, trabajadores en periodo de formación con independencia de que reciban o no una remuneración.
  • Cualquier persona cuya relación laboral aún no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones se obtenga durante el proceso de selección o de negociación precontractual.

Comunicación de infracción:

Las vías para comunicar cualquier información sobre posibles irregularidades por este canal interno son:

  1. Envío de un correo electrónico a la siguiente dirección:

canaldenuncias@al-alba-ese.com

La persona informante deberá facilitar como mínimo, la referencia al ámbito subjetivo de la infracción (materia o normativa infringida: Derecho de la Unión Europea; infracción penal; o infracción administrativa); y una descripción de los hechos objeto de comunicación (información relevante sobre lo ocurrido), lo más detallada posible, adjuntando la documentación de la que pudiera disponer, en su caso.

Si conociese la identidad de la persona responsable de la irregularidad comunicada, o hubiera puesto en conocimiento estos hechos a otro órgano o entidad a través de algún canal externo, también podrá facilitar estas informaciones.

  1. Correo postal dirigido a AL ALBA ESE, a/a Responsable Canal de Denuncias, C/Leandro Fernández de Moratín, 4 1º C, 04007 Almería.

En dicha comunicación, se deberán facilitar los datos referidos en el punto anterior.

  1. Mediante llamada telefónica al 674178364
  2. Reunión presencial mediante cita.
  3. A través de la web https://canal-etico.lant-abogados.com/Specific/MVistaPublica?codiClient=MDA0Mjg3&secure=399329. vía que le permitirá mantener su anonimato y recibir comunicaciones sobre el seguimiento del caso.

A través de las vías indicadas (email/correo postal/telefónica/web), la persona informante podrá mantenerse en contacto con el Responsable del Sistema Interno de Información preservándose su identidad.

Además de este Canal Interno, existen otros canales externos habilitados por las autoridades competentes, para comunicar igualmente las acciones u omisiones que puedan constituir infracciones, sobre los ámbitos que anteriormente se encuentran indicados. Entre dichos canales se encuentran:

Canales externos de denuncia

Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción.

Mediante resolución de 20 de marzo de 2023 de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (enlazar al BOJA), por la que se crea y se ordena la puesta en funcionamiento del canal externo de información (Canal de Denuncias).